Condena al Banco, tras ser anuladas las cláusulas suelo, a devolver íntegras y con intereses las cantidades cobradas de más
Enviado por Editorial el Jue, 01/06/2017 - 08:40El Pleno de la Sala Primera del Tribunal Supremo, en su sentencia de 25 de mayo de 2017, ha resuelto desestimar el recurso extraordinario por infracción procesal y el recurso de casación formulados por NCG Banco S.A. –ahora Abanca-, contra la sentencia de apelación que confirmó el fallo estimatorio de la demanda interpuesta en la que los demandantes solicitaban declaración de la nulidad de las cláusulas suelo insertas en dos contratos de préstamo hipotecario, y condena a la restitución de todas las cantidades cobradas de más en aplicación de las mismas, más el interés legal desde la fecha de cada cobro hasta su completa satisfacción así como a recalcular y rehacer los cuadros de amortización de los préstamos hipotecarios.