El Tribunal Supremo rechaza que las diputaciones forales indemnicen a las empresas
Enviado por Editorial el Jue, 20/09/2018 - 07:16La Sala de lo Contencioso establece que no concurren los requisitos legales para que las diputaciones forales vascas respondan, en concepto de responsabilidad patrimonial, frente a empresas que fueron beneficiarias en su día de las denominadas ‘vacaciones fiscales vascas’
La Sala III, de lo Contencioso-Administrativo, en su sentencia de 5 de septiembre, del Tribunal Supremo ha establecido que no concurren los requisitos legales para que las diputaciones forales vascas respondan, en concepto de responsabilidad patrimonial, frente a empresas que fueron beneficiarias en su día de las denominadas ‘vacaciones fiscales vascas’ y que se vieron obligadas a su reintegro con intereses en ejecución de la Decisión de la Comisión Europea, de 2001, que las consideró ilegales. Los magistrados argumentan que “la devolución de los importes a que se vio obligada la recurrente, no constituyen un daño que la misma no tuviera el deber de soportar, sino el mecanismo de regreso a la situación de la equidad empresarial y competencial”.