Criterios de adjudicación de los contratos públicos. Exclusión del precio como criterio único
Enviado por Editorial el Vie, 09/01/2026 - 10:53Procedimiento de adjudicación de contratos públicos. Contratos mixtos que conlleven aspectos de defensa. Criterios de adjudicación. Prohibición de utilizar el precio como único criterio.
Para determinar si los contratos públicos relativos a dichos servicios están excluidos de la facultad, conferida a los Estados miembros por el artículo 67, apartado 2, párrafo tercero, de la Directiva 2014/24, de prohibir la utilización del precio como único criterio de adjudicación de dichos contratos, se debe señalar que esta disposición no circunscribe el ejercicio de dicha facultad a los contratos relativos a tipos concretos de bienes o servicios y no contempla ninguna excepción a dicha facultad. Con carácter más general, no supedita la posibilidad de prohibir la utilización del precio como único criterio de adjudicación de un contrato al cumplimiento de ningún requisito.


