Competencia administrativa para sancionar en materia de defensa de la competencia
Enviado por Editorial el Jue, 16/10/2025 - 10:14Defensa de la competencia. Sanción administrativa. Colegio de abogados. Baremo de honorarios. Autoridad administrativa competente.
La cuestión que presenta interés casacional consiste en aclarar, si resulta determinante o no la existencia de procedimientos masivos a efectos de determinar los efectos supra-autonómicos de prácticas restrictivas de la competencia consistentes en la elaboración, publicación y difusión de baremos de honorarios por parte de los Colegios de Abogados, y, en consecuencia, para determinar la autoridad administrativa competente para la instrucción y resolución de procedimientos sancionadores. El objeto de la investigación-instrucción-sanción se inició por conductas prohibidas en el artículo 1 de la LDC (Ley de defensa de la Competencia) consistentes en "recomendaciones de precios, mediante la elaboración y publicación de criterios orientativos para la tasación de costas judiciales que en la práctica incide negativamente en el mercado por cuanto excluye la libre fijación de precios por parte de los profesionales que operan en el mercado.


