No hay derecho de desistimiento cuando varía el tipo de interés inicialmente pactado de un contrato de préstamo
Enviado por Editorial el Mié, 28/10/2020 - 10:49Contratos a distancia de servicios financieros. Contrato de préstamo. Derecho de desistimiento. Protección de los consumidores.
Contratos de servicios financieros que comprenden un acuerdo inicial de servicios seguido por operaciones sucesivas y acuerdo posterior a un contrato de préstamo por el que se modifica el tipo de interés inicialmente pactado.
Se trata de determinar si el contrato celebrado a distancia y que modifica el tipo de interés, sin alterar ninguna otra cláusula, es un contrato relativo a servicios financieros y, por lo tanto, sujeto a las mismas disposiciones y derecho de desistimiento del consumidor. No lo es, es accesorio y no despliega sus efectos el derecho de desistimiento nuevamente.


