Beneficio de exoneración del pasivo insatisfecho en un concurso de acreedores
Enviado por Editorial el Jue, 29/10/2020 - 12:42Concurso de acreedores. Beneficio de exoneración del pasivo insatisfecho. Efectos.
El Juez del concurso puede acordar la exoneración del pasivo no satisfecho siempre que concurran tres requisitos: a) Que el deudor sea persona natural; b) Que el concurso se concluya por liquidación o por insuficiencia de la masa activa; c) Que el deudor sea de buena fe. Para el caso de que concurran tales requisitos, como sucede en el presente caso, el Texto refundido de la Ley Concursal (TRLC) prevé dos tipos de efectos distintos: