Derecho de la competencia. Acción por daños resultantes de un abuso de posición dominante
Enviado por Editorial el Lun, 17/06/2019 - 14:48Principios de equivalencia y efectividad. Acciones por daños. Derecho de la competencia. Abuso de posición dominante.
El derecho de cualquier persona a solicitar la reparación de tal daño refuerza la operatividad de las normas de competencia de la Unión y puede desalentar los abusos de posición dominante que puedan restringir o falsear el juego de la competencia, de modo que contribuye al mantenimiento de una competencia efectiva en la Unión Europea. Ante la inexistencia de una normativa de la Unión en la materia, aplicable ratione temporis, corresponde al ordenamiento jurídico interno de cada Estado miembro regular las modalidades de ejercicio del derecho a solicitar la reparación del daño resultante de un abuso de posición dominante prohibido por el artículo 102 TFUE, incluyendo las relativas a los plazos de prescripción, siempre que se respeten los principios de equivalencia y de efectividad. Así, las normas aplicables a los recursos destinados a garantizar la salvaguardia de los derechos que el efecto directo del Derecho de la Unión confiere a los justiciables no deben ser menos favorables que las relativas a recursos similares de naturaleza interna (principio de equivalencia) ni deben hacer prácticamente imposible o excesivamente difícil el ejercicio de los derechos conferidos por el ordenamiento jurídico de la Unión (principio de efectividad).