Competencia judicial en los casos de acuerdos colusorios sobre fijación de precios
Enviado por Editorial el Jue, 26/09/2019 - 08:11Procedimiento prejudicial. Prácticas colusorias. Concertación de precios. Cooperación judicial en materia civil. Materia delictual o cuasidelictual. Lugar donde se ha producido el hecho dañoso. Lugar donde se ha materializado el daño.
Una acción que pretende obtener la indemnización de los daños y perjuicios derivados de supuestas violaciones del Derecho de la Unión en materia de competencia, como la acción del litigio principal, está comprendida en el concepto de «materia civil y mercantil» en el sentido del artículo 1.1, del Reglamento 1215/2012, relativo a la competencia judicial, el reconocimiento y la ejecución de resoluciones judiciales en materia civil y mercantil y está, por tanto, incluida en el ámbito de aplicación de dicho Reglamento.