Penalidad aplicable a un delito continuado de hurto de acciones constitutivas de delitos leves y delitos menos graves
Enviado por Editorial el Lun, 17/04/2023 - 08:33Delito de hurto. Delito continuado. Aplicación de las penas. Cláusula de la penalidad exacerbada.
La cuestión de evidente interés casacional a los efectos y en los términos precisados en el Acuerdo de Pleno no Jurisdiccional de 9 de junio de 2016: la articulación entre los artículos 74. 1º y 74. 2º, ambos CP, cuando la relación de continuidad se integra por dos delitos contra el patrimonio de diversa naturaleza, uno, menos grave y, otro, leve.
La inaplicación de la regla de exasperación del artículo 74. 1º CP resulta en este caso procedente. No porque de aplicarse se incurriría en la prohibición de doble valoración, sino porque se castiga más de lo que resulta compatible con la vigencia de los principios de culpabilidad y merecimiento como límites materiales a la cuantía de pena imponible.