Jurisprudencia de Derecho Penal

Jurisprudencia más novedosa de Derecho Penal

Construcción de casetas y delitos contra la ordenación del territorio

Delito contra la ordenación del territorio. Construcciones sin licencia. Casetas. Vocación de permanencia. Atenuante de reparación del daño

Instalación en una finca, sin solicitar licencia, de una caseta metálica de 4,10 metros de largo, 2,23 de ancho y 2,70 de alto, apoyada su base en cuatro piedras de granito, con puerta, ventana, conectada eléctricamente a una placa solar situada sobre el techo de otra caseta metálica situada a la entrada de la finca y con antena de TV conectada al interior, contando con agua potable a través de un grifo exterior a la misma.

Delimitación del delito de lesiones por rotura de fundas de dientes

Delito de lesiones. Delito leve. Perdida de piezas dentarias. Perdida de fundas dentales. Tratamiento médico. Médicos estomatólogos.

La pérdida de incisivos u otras piezas dentarias, ocasionada por dolo directo o eventual, es ordinariamente subsumible en el art. 150 CP, pero la cuestión a dilucidar en este caso es si la rotura de unas fundas o carillas que tapan una deformidad preexistente ha de ser encajada en el art. 147.1 del CP. Para ello resulta decisivo pronunciarse acerca de si la colocación de nuevas carillas requiere el tratamiento médico dispensado por un odontólogo.

Afirmada la necesidad de que sea un médico especialista en estomatología o un odontólogo el que lleve a cabo la actividad reparadora en los casos de pérdida de las fundas o carillas, resulta indispensable concluir si esa actuación implica un tratamiento médico-quirúrgico, concepto normativo que ha de ser interpretado para la correcta subsunción de los hechos en el delito de lesiones.

Penalidad aplicable a un delito continuado de hurto de acciones constitutivas de delitos leves y delitos menos graves

Delito de hurto. Delito continuado. Aplicación de las penas. Cláusula de la penalidad exacerbada.

La cuestión de evidente interés casacional a los efectos y en los términos precisados en el Acuerdo de Pleno no Jurisdiccional de 9 de junio de 2016: la articulación entre los artículos 74. 1º y 74. 2º, ambos CP, cuando la relación de continuidad se integra por dos delitos contra el patrimonio de diversa naturaleza, uno, menos grave y, otro, leve.

La inaplicación de la regla de exasperación del artículo 74. 1º CP resulta en este caso procedente. No porque de aplicarse se incurriría en la prohibición de doble valoración, sino porque se castiga más de lo que resulta compatible con la vigencia de los principios de culpabilidad y merecimiento como límites materiales a la cuantía de pena imponible.

Prueba pericial e imposibilidad de ratificación de informes en juicio

Delito contra la Hacienda Pública. Prueba pericial. Práctica de la prueba. Ratificación de informes. Derecho de defensa.

Delito contra la Hacienda Pública y actividad fraudulenta consistente en constituir una Fundación con aparentes fines benéficos para eludir el régimen tributario general. Práctica de la prueba pericial. El derecho a la prueba se extiende, también, a garantizar su práctica de conformidad a las reglas de producción previstas en la ley procesal. Lo que en el caso de las periciales -excepto en aquellos supuestos en los que la ley prevea expresamente la documentalización como medio de acceso de la información al cuadro probatorio, supone que la parte proponente tiene el derecho a que el perito comparezca al acto del juicio a ratificar sus conclusiones y a responder a todas las aclaraciones que, pertinentes y necesarias, se le puedan formular.

Acción civil en proceso penal y plazos de prescripción

Delito de estafa continuado: sentencia de conformidad por parte el acusado, y recurso por la responsable civil subsidiaria. Acción civil en proceso penal. Plazos de prescripción.

Los hechos consistieron en sucesivas transferencias realizadas por parte del Instituto Nacional de la Seguridad Social a una determinada cuenta abierta de dicha entidad, por pago de pensiones de persona fallecida, cuya muerte se había ocultado,

Derecho a interprete y traducción en los procesos penales

Procedimiento penal. Extranjeros. Interprete. Derecho a interpretación y a traducción en los procesos penales. Indefensión real.

Denuncia que al ser detenido no se realizó correctamente la lectura de derechos, ya que no se le pudo informar de forma oral por la barrera idiomática que existía al no comprender el castellano y no haberle facilitado intérprete y, por otro lado, porque no se le facilitó la lectura de derechos por escrito de forma correcta, dado que la que le entregaron traducida estaba desactualizada, como así mismo se especifica en el propio atestado. Tampoco se le realizó la lectura de derechos de forma inmediata siendo un caso de privación de libertad.

Grabación subrepticia de una conversación con autorización de uno de los interlocutores

Procedimiento penal. Prueba preconstituida o anticipada. Grabación de una conversación. Autorización de interlocutores. Prueba ilícita. Violación de su derecho fundamental al secreto de las comunicaciones.

La utilización como prueba de una grabación subrepticia de una conversación, no queda supeditada a la conformidad en la grabación de todos los partícipes o contertulios; ni a la ausencia de toda connotación subrepticia o de engaño u ocultación por parte de quien dispone lo necesario para la fijación en un soporte de la conversación. Es suficiente que uno de los comunicantes o interlocutores preste su consentimiento para la intervención y grabación por un tercero para que resulte inoperante la cláusula de exclusión del art. 11 LOPJ. Es un elemento probatorio valorable. Sólo la escucha o grabación por un tercero sin autorización de ninguno de los comunicantes ni de la autoridad judicial convierte en inutilizable ese medio probatorio.

Concepto de defraudación tributaria en el delito contra la Hacienda Pública

Delito contra la Hacienda Pública. Delito fiscal. Impuesto de sociedades. Concepto de defraudación tributaria

Para la condena por el delito contra la hacienda pública, no basta que hayan sido establecidos nominalmente la deuda fiscal y la cantidad que debió ser ingresada por el contribuyente, pues es preciso que consten los hechos que han determinado la deuda tributaria, con la necesaria claridad y precisión. En este caso, no se concretan qué acciones han sido consideradas "maniobras fraudulentas", qué operaciones no fueron declaradas y por qué tales operaciones hubieran podido ser subsumidas bajo el concepto de hecho punible, lo que no ha sido ni explicado ni considerado por el Tribunal a quo. En suma, el tribunal de instancia debió describir todos los hechos que eran necesarios para establecer, aplicando el derecho fiscal, la deuda tributaria eludida. Por el contrario, no es posible comprobar, a la vista de los hechos probados, si las liquidaciones presentadas por la Agencia Tributarias son correctas o no. En segundo lugar, si estamos en presencia de un acto de defraudación, que es una exigencia del tipo penal.

Blanqueo de capitales por imprudencia grave

Blanqueo de capitales. Comisión por imprudencia. Delito especial y delito común.

Los acusados venían recibiendo en cuentas bancarias de su titularidad, sucesivos y no insignificantes ingresos, de procedencia perfectamente identificable al menos en el plano formal, que, como aquellos bien conocían, carecían de cualquier clase de fundamento o justificación y que la mayor parte de dichos fondos, así depositados en sus cuentas, eran dispuestos por terceras personas estafadoras.

Incidente de cuantificación de la responsabilidad civil en ejecución de sentencia penal

Procedimiento penal. Ejecución de sentencias. Incidente de responsabilidad civil.

Incidente de cuantificación de la responsabilidad civil en ejecución de sentencia. En el procedimiento penal, tal como se establece en el artículo 989 LECrim, todo lo atinente a la ejecución de la responsabilidad civil, incluyendo la liquidación de las cantidades, se tramitará de conformidad a las previsiones de la LEC. La transferencia regulativa a la LEC se extiende tanto a las reglas procedimentales de tramitación, sin perjuicio de las especialidades contempladas en el artículo 764 LECrim para el procedimiento abreviado y en el artículo 984 LECrim para el procedimiento por delito leve, como a las reglas que distribuyen las cargas de alegación y acreditación entre las partes de la ejecución y fijan estándares de valoración. En este incidente de naturaleza marcadamente civil desaparece todo vestigio del principio de presunción de inocencia como regla de juicio de la que se derivan las fórmulas de carga de prueba y el juego configurativo de la duda razonable propias del proceso penal. En el incidente liquidatorio no puede combatirse lo que se decidió en sentencia -para ello se disponía de los recursos ordinarios devolutivos contra esta-.

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