Asesinato con alevosía cualificada por desvalimiento y delito de inducción al suicidio
Enviado por Editorial el Jue, 15/02/2024 - 09:34Delito de inducción al suicidio. Asesinato. Asesinato cualificado. Alevosía por desvalimiento. Prisión permanente revisable.
El delito del artículo 143.3 y 4 CP contempla un supuesto de participación en el hecho ajeno castigando de manera privilegiada la cooperación ejecutiva en la muerte de otro. Debe identificarse una suerte de exclusivo dominio decisional en el proceso que conduce a la muerte por parte de quien ha decidido morir. El tratamiento privilegiado de la intervención cooperativa del tercero en la directa causación de la muerte se explica, precisamente, porque quien desea acabar con su propia vida se lo ha pedido de manera expresa, seria e inequívoca. No basta, por tanto, ni con la anuencia de la persona a quien se causa la muerte ni, desde luego, con que el tercero tome la decisión de acabar con la vida de una persona porque interprete que esta desea morir.


