Renuncia a la acción civil en procedimiento penal y su revocación
Enviado por Editorial el Lun, 02/01/2023 - 08:31Delito de lesiones. Renuncia de acciones civiles. Revocación de renuncia. Personas a quienes corresponde el ejercicio de las acciones que nacen de los delitos.
La Audiencia, confirmó el pronunciamiento efectuado por el Juzgado de lo Penal, considerando que la renuncia expresa de la ofendida al ejercicio de la acción civil, como así aconteció en el supuesto examinado mediante la comparecencia efectuada en la Secretaría del Juzgado, conlleva su extinción desde ese momento, careciendo por ello de relevancia la comparecencia que la recurrente y su abogada realizaron ante el Letrado de la Administración de Justicia 14 días más tarde retractándose de la previa renuncia efectuada.