Jurisprudencia de Derecho Penal

Jurisprudencia más novedosa de Derecho Penal

La continuidad delictiva en los delitos patrimoniales y la prohibición de la doble valoración a efectos penológicos

Delito de hurto. Continuidad delictiva. Presunción de inocencia.

Condena por delito continuado de hurto a dos personas que se apoderan de diversos objetos en una discoteca a distintas personas. Son detenidos más tarde a consecuencia de que una de las perjudicadas tenía activado el servicio de "buscar mi Iphone" y de esa manera y comunicado a los agentes de policía localizan a los recurrentes en un punto con todos los objetos sustraídos en su poder. Concurre prueba bastante referida por el juez de lo penal y analizada por la Audiencia Provincial en el recurso de apelación y motivación suficiente acerca de la prueba de cargo existente. Los perjudicados llamaban a los móviles para tratar de localizarlos, pero los recurrentes hicieron caso omiso porque los habían sustraído. No esperaban que fueran sorprendidos por el "buscador" del móvil activado. Perfecta subsunción de los hechos probados en el delito de hurto continuado. Debe estimarse en parte el recurso en cuanto al ámbito penológico en base al Acuerdo de Pleno de 30 de Octubre de 2007 y Sentencia del Tribunal Supremo de Pleno, 419/2020 de 22 Jul. 2020, en tanto en cuanto no se especifica si los bienes de forma individual superaban cada uno los 400 euros, y procederse a la suma del total, por lo que no cabe reduplicar la pena por la continuidad delictiva del art. 74.1 CP y rebajarla, por ello, para imponerla en el mínimo a uno de ellos y en la mitad superior a otro por concurrir agravante de reincidencia.

Parámetros para medir la gravedad exigida por el delito de maltrato animal

Delito contra la fauna. Delito de maltrato animal. Elementos del tipo. Lesiones al animal. Menoscabo grave de la salud. Atipicidad.

Limpiando sardinas y, al caerse una al suelo, trató de recogerla, al tiempo que el perro procuró hacerse con ella, "por lo que coincidieron la boca del perro y la mano (del hombre) y, como consecuencia, el perro golpeó con sus dientes en el nudillo de una mano a …, a quién provocó heridas incisas, quién le rechazó golpeándole en su mano derecha y con una mano en la que portaba un sello en la parte superior del tórax, provocando cojera en la mano derecha del perro, si bien no está probado que tal cojera se constituyera en una secuela permanente, y una herida incisa en su pecho, que curó tras aplicación de grapas de sutura y tratamiento antibiótico y analgésico. El Supremo ha examinado en la sentencia el alcance que debe darse a la expresión ‘menoscabo grave de la salud’ consignada en el artículo 337.1 del Código Penal para estos delitos, al considerar que es un concepto elástico y falto de precisión, ya que la línea separadora entre los menoscabos graves de la salud y los no graves admite soluciones muy diversas, y muchas de ellas igualmente racionales o razonables.

Utilización como prueba en proceso penal de grabaciones realizadas por particulares

Proceso penal. Prueba. Derechos fundamentales. Grabaciones de particulares. Derecho a no declararse culpable.

Se protesta por la validez en juicio otorgada a la conversación telefónica mantenida por el recurrente con el padre de la víctima y su pareja, grabada por aquél sin su consentimiento, y luego aportada al procedimiento.

Primeramente está el problema de la validez de ese medio probatorio que discute el recurrente por la posibilidad de vulneración de  derechos fundamentales, que arrastraría a la inutilizabilidad total de la prueba. En otro nivel muy diferente de análisis se mueve la cuestión de la fiabilidad o poder convictivo de ese material probatorio, pero ya como un problema de valoración probatoria.

Configuración típica de la amenaza como una infracción de mera actividad

Delito de amenazas. Agravante de reincidencia. Medidas de seguridad privativas de libertad.

La configuración típica de la amenaza como una infracción de mera actividad en la que no caben fórmulas imperfectas de consumación, toda vez que conceptualmente no es separable acción y resultado, reclama una correlación tempo-espacial concluyente entre la emisión y la recepción de la expresión amenazante por la persona a quien se dirige.

En el delito de insolvencia punible, basta una insolvencia aparente

Delito de insolvencia punible. Error en la apreciación de la prueba. Requisitos y finalidad. Presunción de inocencia. Prueba indiciaria. Análisis conjunto de todos los indicios.

Respecto a la eficacia de sentencias recaídas en otro orden jurisdiccional, cada proceso tiene su propia prueba, y lo resuelto en uno no puede vincular en otro proceso penal diferente, porque en materia penal no hay eficacia positiva de la cosa juzgada material, sólo eficacia negativa en cuanto que una sentencia firme anterior impide volver a juzgar a una persona por el mismo hecho. La mera calificación civil de la quiebra no supone automáticamente su aceptación en vía penal, ni siquiera suministra una presunción probatoria gozando la jurisdicción penal de plena soberanía para evaluar el carácter delictivo o no de la quiebra previamente calificada en otro orden jurisdiccional.

Legitimación para el ejercicio de la acusación particular de empresas concursadas y liquidadas

Proceso penal. Partes. Acusación particular. Legitimación. Empresas en liquidación.

La cuestión esencial que se discute en el presente recurso es si como consecuencia de la declaración del concurso de acreedores y su posterior conclusión con la extinción de la mercantil, ésta carecía de legitimación para, una vez declarado el concurso, mantener la condición de acusación particular como perjudicada por el delito y presentar escrito de acusación y si una vez extinguida la mercantil por la conclusión del concurso, dejó de existir en el mundo jurídico y por ello sin capacidad para actuar en juicio como parte acusadora sosteniendo la condena por delito de apropiación indebida y ejercitando al tiempo las acciones civiles correspondientes al perjuicio sufrido.

Responsabilidad civil derivada de delito y posible culpa de la víctima

Responsabilidad civil derivada de delito. Extensión. Intereses art. 20 LCS. Concurrencia de culpas.

Contribución de la víctima a la producción del daño. Los ocupantes (veintitrés personas) se subieron voluntariamente al remolque del tractor para ser transportados de forma completamente irregular. Se trataba de un remolque no apto para el traslado de personas y esta circunstancia debe tener repercusión en la cuantificación de las indemnizaciones del accidente.

Si la víctima hubiere contribuido con su conducta a la producción del daño o perjuicio sufrido, los Jueces o Tribunales podrán moderar el importe de su reparación o indemnización.

Allanamiento de domicilio de persona jurídica

Allanamiento de domicilio de persona jurídica. Despacho de Abogados. Locales abiertos al público.

El tipo contemplado en el art. 203 CP se encuentra ubicado en el capítulo II "del allanamiento de morada, domicilio de personas jurídicas y establecimientos abiertos al público", del Título X del Libro II "delitos contra la intimidad, el derecho a la propia imagen y a la inviolabilidad del domicilio". El citado capítulo comprende tres preceptos (arts. 202, 203 y 204 CP) que se refieren al allanamiento pacífico de morada de persona física (art. 202.1 CP), al allanamiento con violencia o intimidación de morada de persona física (art. 202.2 CP), al allanamiento pacífico de morada de persona jurídica y establecimientos abiertos al público (art. 203.1 y 2 CP), al allanamiento con violencia o intimidación de morada de persona jurídica (art. 203.3 CP), y al allanamiento de morada por autoridad o funcionario (art. 204 CP).

Decomiso autónomo y contra bienes de terceros como pena accesoria de los delitos

Procedimiento penal. Responsabilidad civil del delito. Penas accesorias. Decomiso. Decomiso de bienes de terceros. Diferencia con el delito de blanqueo.

Uso de presunciones con fines probatorios en procedimientos de decomiso autónomo. El estándar de prueba de los presupuestos del decomiso no es el de más allá de toda duda razonable sino el de probabilidad prevalente. El principio de irretroactividad de la norma desfavorable no se aplica a normas procesales.

La acción de decomiso autónomo contra terceros prevista en el artículo 127 quáter CP, es del todo compatible con la que también pueda ejercerse en el mismo proceso contra el acusado rebelde o contra el imputado respecto del que concurran indicios de criminalidad.

Fundamento y análisis de la legítima defensa en caso de provocación previa

Legítima defensa. Requisitos. Provocación previa.

Análisis de la provocación suficiente del agredido como causa excluyente o reductora de la legitimación de la acción defensiva. La motivación de la legítima defensa como eximente, se encuentra en la necesidad, ante ataques injustos, de proteger los bienes jurídicos individuales y de garantizar la prevalencia del Derecho.

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