Los Estados miembros pueden comprobar si las sociedades que prestan servicios de comunicaciones electrónicas en su territorio, a pesar de estar establecidas en otro Estado miembro, respetan las normas sobre protección de los consumidores
Enviado por Editorial el Mar, 22/07/2014 - 10:00En cambio, no pueden obligar a dichas sociedades a crear una sucursal o una filial en su territorio, tal y como señala el Tribunal de Justicia de la Unión Europea en la sentencia sobre el asunto C-475/12
UPC es una sociedad luxemburguesa que ofrece desde Luxemburgo, mediante contraprestación, paquetes de servicios de difusión de programas radiofónicos y audiovisuales sujetos a acceso condicional y que se captan vía satélite. Esos servicios se prestan a abonados residentes en otros Estados miembros, entre ellos Hungría.

  
  
  
  
