Responsable de centro médico modifica un tratamiento ambulatorio de un trastorno bipolar por un internamiento psiquiátrico urgente en contra de la voluntad del paciente
Enviado por Editorial el Mar, 17/07/2012 - 14:29Vulneración del derecho a la libertad. Requisitos para el internamiento psiquiátrico urgente por orden del responsable de un centro médico.
El Tribunal Constitucional en sentencia de 2 de julio de 2012, tras la clara vulneración del derecho a la libertad de un paciente que es internado de forma urgente en contra de su voluntad establece los requisitos para poder llevar a cabo esta medida ante la falta de ordenación por parte del Estado tras la declaración de inconstitucionalidad del art. 763.1 LEC en la STC 132/2010.
Se pueden diferenciar dos fases en este procedimiento:
La fase extrajudicial del internamiento urgente que se encuentra determinada en su validez por el cumplimiento de las siguientes cuatro exigencias básicas:
- La existencia de informe médico que acredite el trastorno psíquico justificante del internamiento inmediato;
- La información al afectado o su representante acerca del internamiento y sus causas;
- La obligación del centro de comunicar al juez competente del internamiento y los motivos que lo justificaron en el plazo de 24 horas y;