El Tribunal Supremo declara no amnistiado el delito de malversación de caudales públicos en la causa del “procés”
Enviado por Editorial el Jue, 04/07/2024 - 10:09El Juez Llarena del Tribunal Supremo declara no aplicable la amnistía a Puigdemont, Comín y Puig por el delito de malversación y mantiene las órdenes nacionales de detención contra ellos.
El magistrado de la Sala Penal del Tribunal Supremo ha dictado el 1 de julio un auto en el que declara no aplicable la amnistía al delito de malversación que se imputa en la causa del procés al expresidente de la Generalitat catalana Carles Puigdemont, y a los exconsellers Antonio Comín y Lluis Puig. En la misma resolución, el juez acuerda mantener contra ellos las órdenes nacionales de detención por su presunta responsabilidad como autores de un delito de malversación.
El instructor argumenta que los comportamientos atribuidos en la causa a los tres procesados incurren plenamente en las dos excepciones que prevé la Ley para amnistiar delitos de malversación, que son que se hayan realizado con propósito de obtener un beneficio personal de carácter patrimonial y que afecten a los intereses financieros de la Unión Europea.