Jurisprudencia

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La AN condena a 80 años de cárcel al asesor fiscal del ‘caso Nummaria’ y a dos años y dos meses al actor investigado

El tribunal absuelve a la actriz investigada de todos los delitos de los que estaba acusada.

La Audiencia Nacional ha condenado a 80 años de cárcel al asesor fiscal y contable F. P. por el ‘caso Nummaria’, a dos años y dos meses al actor I.A., mientras que ha absuelto a la también intérprete A.D. de todos los delitos de los que estaba acusada.

La sentencia de la Sección Segunda considera que ambos actores utilizaron las estructuras diseñadas por el asesor fiscal, entre 2010 y 2016, a través del despacho Nummaria, con el fin de evitar la tributación de capitales en España. En el caso de I.A., la condena deriva del pacto de dos años y dos meses de cárcel que alcanzó con la Fiscalía Anticorrupción por cinco delitos fiscales entre 2010 y 2013, mientras que en el de la intérprete, su absolución se debe a que la Sala considera que “no concurre acreditación suficiente de que la acusada conocía que estaba incumpliendo su deber de contribuir conforme a lo dispuesto por el ordenamiento tributario”.

La resolución, de 275 páginas y ponencia del magistrado Joaquín Delgado, absuelve a todos los acusados del delito de organización criminal al considerar que el despacho Nummaria no se creó con un fin delictivo, sino para la realización del asesoramiento jurídico principalmente en el ámbito tributario y contable.

Jurisprudencia de Derecho Administrativo (del 16 al 30 de junio de 2025)

Jurisprudencia de Derecho Civil (del 16 al 30 de junio de 2025)

Jurisprudencia de Derecho Mercantil (del 16 al 30 de junio de 2025)

El pleno del TC avala la Ley Orgánica 1/2024, de 10 de junio, de amnistía para la normalización institucional, política y social en Cataluña, salvo en tres aspectos

El Pleno del Tribunal Constitucional ha estimado parcialmente el recurso de inconstitucionalidad interpuesto por más de 50 diputados y 50 senadores del Grupo Parlamentario Popular contra la Ley Orgánica 1/2024, de amnistía para la normalización institucional, política y social en Cataluña (LOANCat).

La sentencia, de la que ha sido ponente la vicepresidenta del Tribunal, Inmaculada Montalbán Huertas, avala la legitimidad constitucional de la amnistía otorgada por las Cortes Generales salvo en los tres siguientes aspectos:

  1. Se declara la inconstitucionalidad por omisión del art. 1.1 por ser contrario al principio de igualdad (art. 14 CE) al no otorgar la amnistía a aquellas conductas dirigidas a rechazar el “procés”.
  2. Se declara que el segundo párrafo del art. 1.3 es inconstitucional y nulo porque permite amnistiar conductas posteriores a la aprobación de la LOANCat, vulnerando el art. 14 CE.
  3. Se declara que los apartados 2 y 3 del art. 13 no son inconstitucionales siempre que permitan la audiencia de todas las partes personadas en el proceso ante el Tribunal de Cuentas en el tramite procesal referido a la aplicación de la LOANCat.

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