Jurisprudencia

Jurisprudencia más novedosa de interés civil, mercantil, administrativo y penal.

Jurisprudencia de Derecho Administrativo (del 1 al 15 de marzo de 2024)

Un juzgado mercantil de Barcelona acuerda que se identifique a los “cardsharers” que re difunden a terceros la señal de los partidos de fútbol propiedad de La Liga y obtienen un lucro con ello

El juzgado de lo Mercantil n.º 8 de Barcelona ha admitido la diligencia preliminar solicitada por LaLiga de Fútbol Profesional y requiere a las teleoperadoras para que faciliten los datos personales de quienes comparten ilícitamente sus contenidos, es decir, únicamente de los “cardsharersque re difunden a terceros la señal y obtienen un lucro con ello y no, por tanto, de los que únicamente defraudan la cuota.

LaLiga presentó una petición de diligencia preliminar al juzgado para la persecución de un tipo concreto de piratería: el cardsharing. Así, solicitó al Juzgado que requiriese a una serie de teleoperadoras que facilitaran datos de identificación de determinadas personas asociadas a IPS obtenidas legítimamente por LaLiga.

El Tribunal Supremo abre causa penal por delito de terrorismo a Carles Puigdemont y al diputado Wagensberg en el caso de "Tsunami Democràtic"

La Sala de lo Penal del Tribunal Supremo ha acordado por unanimidad declarar su competencia y abrir causa para investigar y, en su caso, enjuiciar al expresident de la Generalitat, Carles Puigdemont, -actual eurodiputado- y al diputado del Parlament catalán Rubén Wagensberg por delitos de terrorismo en relación con los hechos investigados en el caso "Tsunami Democràtic". El Tribunal Supremo designa instructora conforme al turno establecido a la magistrada Susana Polo.

Los magistrados concluyen que respecto a estos dos aforados es "necesario y pertinente que sean llamados al procedimiento, a fin de ser oídos como investigados, con todos los derechos y garantías previstas en nuestro ordenamiento jurídico. Diligencia de investigación que no puede realizar el instructor, sino solo esta Sala Segunda por tratarse de aforados".

El alto tribunal adopta esta decisión después de analizar la exposición razonada elevada por el magistrado de la Audiencia Nacional, Manuel García Castellón, en la que exponía los indicios que a su juicio acreditan la participación de los dos aforados en los hechos investigados.

Jurisprudencia de Derecho Penal (del 16 al 29 de febrero de 2024)

Jurisprudencia de Derecho Mercantil (del 16 al 29 de febrero de 2024)

Jurisprudencia de Derecho Civil (del 16 al 29 de febrero 2024)

Jurisprudencia de Derecho Administrativo (del 16 al 29 de febrero de 2024)

La Audiencia de Barcelona condena al futbolista Daniel Alves por agresión sexual a 4 años y seis meses de prisión

El tribunal de la sección 21 le impone además 5 años de libertad vigilada, alejamiento e incomunicación de la víctima durante 9 años y 6 meses, así como indemnización de 150.000 euros y pago de las costas. La sentencia considera que ha quedado acreditado que la víctima no consintió y que existen elementos de prueba, además del testimonio de la denunciante, para entender probada la violación.

El tribunal de la sección 21ª de la Audiencia Provincial de Barcelona condena al deportista Daniel Alves a 4 años y seis meses de prisión por violación, al apreciar el tribunal reparación del daño al depositar el acusado indemnización desde la fase inicial de la instrucción; libertad vigilada por tiempo de 5 años, que se aplicarán una vez cumplida la pena de prisión; prohibición de acercarse al domicilio o lugar de trabajo de la víctima a menos de 1.000 metros y de comunicarse con ella por cualquier medio por tiempo de 9 años y 6 meses; así mismo, se le condena a la pena de inhabilitación especial para el ejercicio de empleo, cargo público, profesión u oficio relacionados con menores de edad por tiempo de 5 años, a aplicar una vez cumplida también la pena de prisión; indemnización de 150.000 euros por el daño moral y las lesiones; a la pena de 2 meses de multa con una cuota diaria de 150 euros, con la responsabilidad personal subsidiaria en caso de impago del artículo 53 del Código Penal por delito leve de lesiones; y al pago de las costas procesales.

Jurisprudencia de Derecho Mercantil (del 1 al 15 de febrero de 2024)

Páginas